El nuevo SII será aplicable con carácter obligatorio los siguientes sujetos pasivos:
- Sujetos pasivos con domicilio fiscal en territorio Foral, cuyo volumen de operaciones (año anterior) no sea superior a 7 millones de Euros, cualquiera que sea el lugar de realización de las operaciones.
- Sujetos pasivos, cualquiera que sea su domicilio fiscal, cuyo volumen de operaciones (año anterior) sea superior a 7 millones de Euros de las cuales el 100% se haya realizado en territorio Foral.
- Sujetos pasivos con domicilio fiscal en territorio Foral, cuyo volumen de operaciones (año anterior) sea superior a 7 millones de Euros de las cuales menos del 75% se haya realizado en territorio Común.
- Sujetos pasivos con obligación de autoliquidar el IVA mensualmente:
- Grandes Empresas (facturación superior a 6.101.121,04€)
- Grupos Societaros a nivel de IVA
- Empresas adscritas el REDEME (Registro de Devolución Mensual de IVA)